domingo, 17 de mayo de 2009

El derecho canónico ¿paternal o democrático?.

EL DERECHO CANÓNICO: ¿DEMOCRÁTICO O PATERNAL?.
¿Qué es el derecho canónico?, encontré en Wikipedia la enciclopedia libre lo siguiente: “es una ciencia jurídica cuya finalidad es estudiar y desarrollar la regulación jurídica de la iglesia católica…
El derecho canónico cuenta sus propios tribunales, abogados, jurisprudencia y códigos.”
Asumo que los canónes emitidos son de estricto cumplimiento entre los católicos –entre ellos estoy yo-, si es así, se podría asegurar que las leyes son verdades absolutas que cumplen las iglesias católicas de rito latino, entre esas se cuentan por mayoría en nuestro país; no ocurre lo mismo con otras iglesias que toman los canónes no como obligación sino como aporte para la orientación de sus fieles pudiendo aplicarlas con los ajustes que se le haga a la situación cultural de cada sitio en particular.
Es necesario saber que toda norma, ley o regla siempre tiene dos elementos fundamentales: uno a quien va dirigido/a la norma y otro/a quien o quienes escriben la norma y en nombre de que y para que, en el caso concreto de el derecho canónico es para los católicos y su ejecución se hace porque se entiende que tiene una revelación divina, cada uno de los papas en mayor o menor grado lo ha hecho. Por tanto la aceptación y práctica de la misma es un acto de fe.
Sobre lo democrático del derecho canónico y teniendo en cuenta estas consideraciones se puede asegurar que la intencionalidad si la es, por ejemplo, el principio de la fraternidad universal, proclamado por el Cristianismo y sostenido de mil maneras por las instituciones de la Iglesia, contribuyó desde luego a destruir las leyes bárbaras del Derecho Internacional que regían entre los pueblos antiguos, según las cuales, ni en la guerra ni en la paz se reconocía apenas ninguna clase de derechos.
La Iglesia, ajustando su doctrina al gran principio del Cristianismo de ser iguales todos los hombres ante Dios, jamás reconoció el poder arbitrario de los gobernantes; al contrario, el poder real y todos los cargos públicos llevaban consigo, según ella, muy sagradas obligaciones, de cuyo cumplimiento los respectivos funcionarios tenían que dar estrecha cuenta a Dios. En esta apreciación y ordenamiento religioso está lo democrático.
Igual es democrático el hecho de luchar contra la esclavitud y la pena de muerte, tan de moda en nuestros pueblos en el principio de la cristiandad, en la legislaciones ocupó siempre un lugar destacado la pena de muerte y la mutilación de miembros, y respecto de los reos que no se habían hecho acreedores a ser tratados con tanto rigor, casi nunca entró en su espíritu otra idea que la de castigar al delincuente, ejerciendo sobre él una especie de venganza en nombre de la sociedad. La doctrina de la Iglesia fue en esta parte enteramente distinta, porque aborreciendo siempre las penas cruentas, procuró conciliar el castigo de los delincuentes.
La esclavitud sufrió un grande golpe cuando se anunciaron las máximas cristianas sobre la fraternidad universal; la igualdad de todos los hombres ante Dios, por el cual serán juzgados sin acepción de personas; la procedencia de un mismo origen; el tener un mismo destino, y haber sido todos redimidos con la sangre de Jesucristo con la enmienda y reforma de sus costumbres.
Pero ¿el derecho canónico es democrático cuando en nombre de Dios y la defensa de la moral prohíbe a un hombre Sacerdote u Obispo contraer matrimonio o convivir con una mujer o aceptar que el matrimonio entre parejas iguales hombres con hombres y mujeres con mujeres?, creo que no y en esto me identifico en nombre del respeto a la escogencia libre al desarrollo de la personalidad con el sacerdote y teólogo Benjamín Forcano quien en el 2005 manifestó lo siguiente:
“las leyes, para que sean válidas y vinculantes, tienen que contener y promulgar calores que atañen al bien del ser humano, individual o comunitario. Una verdadera ley no son buenas porque están mandadas, ni malas porque están prohibidas”.
La consecuencia de toda ley injusta o vista desde la moral o interpretación particular, produce el efecto que no se quiere y es la violación de la norma, lo que está ocurriendo en un gran número de iglesias católicas en el mundo y en Colombia no escapa, los sacerdotes violadores de menores, acosadores o que viven a escondidas con alguna mujer y los que a los hijos los presentan en sociedad como sobrinos. Eso así es un mal ejemplo para la iglesia de Dios.
Conocí y traté por muchos años a un Sacerdote Español –ya pensionado en Colombia-, quien vivió con dos señoras y con las cuales tuvo hijos/as, lógicamente las tenía en casas arrendadas, fueron actos libres que la sociedad no le impugnó sino todo lo contrario se ganó el respeto de todos y todas por la forma como crió y educó su familia –hoy casados y con hijos también-, es un abuelo feliz que vivió lo que vive todo ser humano en un mundo imperfecto pero tratando de contribuir al bienestar comunitario. Este sacerdote al igual que muchos que prefieren coartar sus inclinaciones sexuales también ama y siente. Se han puesto a pensar ¿cuántas violaciones se han dado en las iglesias del mundo contra los más débiles: niños, niñas y mujeres?. Esto es violencia doméstica. Por favor no más.
De igual manera a la pregunta de si el derecho canónico es paternal, creo que sí porque los canónes y acuerdos conciliares y los decretos papales, son recomendaciones donde se les recuerda a los gobernantes del mundo la obligación de reconocer la libertad de las personas, no recortar los derechos constitucionales, atender sobre todo a los más necesitados y a los que carecen de los medios básicos para su desenvolvimiento en sociedad, en especial a los débiles y pobres. Me gustan las recomendaciones formuladas en su momento por los papas: León XIII y Pío XI.
“Pensando una y otra vez todas estas cosas en nuestro corazón, por obligación de nuestra conciencia y por el paternal amor que profesamos a las almas que tan generosamente buscan la santidad en el siglo, y guiados de la intención de que se pueda hacer una sabia y rígida discriminación de las Sociedades y se reconozcan como verdaderos Institutos sólo aquellos que profesen auténticamente la plena vida de perfección”. Constitución Apostólica PROVIDA MATER ECCLESIA"*. Del Sumo Pontífice Pío XII
Se debe reconocer que los derechos canónicos en buena parte han permitido la cohesión de las iglesias, la unidad y armonía y la conservación de las letras canónicas o formadas, ha sido un medio que la Iglesia tuvo que adoptar en una época, trabajando sin cesar para poner en claro los dogmas de la fe y los principios de la moral cristiana, conforme al sentido de las Escrituras y de la tradición.
En conclusión, cuando se defienden los derechos de las personas y se promulga para la eliminación de las diferencias y la inclusión de todos los seres humanos en el beneficio que ofrecen los Estados, eso es democrático y es paternal, democrático porque es para el pueblo y paternal porque se aplica las mejoras con amor.
DANIEL JUVINAO LÓPEZ.